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QUIENES SOMOS

Somos una entidad jurídica la cual tiene como principal función prevenir, atender y proteger trabajadores de efectos causados.

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MISIÓN

Ofrecer a nuestros asociados las mejores alternativas de protección en salud, pensión y riesgos laborales con excelencia, calidad y servicio.


Mejorando su calidad de vida brindando de esta manera satisfacción a los asegurados.

Modern City

 NUESTROS CLIENTES Y SUS BENEFICIOS.

PRINCIPALES BENEFICIOS DE AFILIACION ANTE LA EPS.

•La afiliación se realiza por una sola vez en el sistema y la desafiliación solo ocurre por la muerte del cotizante, el cabeza de familia o el beneficiario.

•Los nietos, los menores en custodia, los hijos del cotizaste y los hijos del cónyuge, compañero o compañera permanente hasta que cumplan los veinticinco (25) años de edad que dependen económicamente del cotizante y los sobrinos y hermanos menores de veinticinco (25) años de edad o de cualquier edad si tienen incapacidad permanente y dependen económicamente del cotizante si los padres han fallecido o han perdido la patria potestad o están ausentes pueden inscribirse como beneficiarios.

•Los recién nacidos, desde su nacimiento, quedarán inscritos en la misma EPS donde se encuentre la madre. Se establecen reglas para garantizar esta inscripción así los padres no estén inscritos a una EPS.

•Las personas que durante el trámite pensional que a pesar de no estar obligados a efectuar aportes al Régimen Contributivo del Sistema General de Seguridad Social en Salud,

hacen un esfuerzo para cotizar como independientes tendrán derecho a la devolución de sus aportes sobre (1) salario mínimo legal mensual vigente, cuando la pensión le sea reconocida.

•También podrán inscribirse como Afiliados Adicionales mediante el pago de una UPC adicional a otros familiares que se encuentren hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad, tales como: hermanos, abuelos, sobrinos, tíos, primos, cuñados, abuelos del cónyuge si dependen económicamente de él y no cumplen las condiciones para ser cotizantes o beneficiarios en el Régimen Contributivo. Para el efecto podrá ingresar al link para consultar el valor de la UPC.

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RESPUESTAS A ALGUNAS DE TUS PREGUNTAS

Ofrecemos confianza

  • TRASLADOS DE EPS


Para trasladarse de EPS el afiliado debe: llevar inscrito en la EPS 360 días calendario continuos o discontinuos; no estar él o alguno de sus beneficiarios internado en una IPS, y si es independiente estar al día en el pago de aportes.

  • ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE PENSIONES (AFP)

Las Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones y Cesantías de Colombia son instituciones financieras privadas de carácter previsional encargadas de administrar eficientemente los fondos y planes de pensiones del Régimen de ahorro individual con solidaridad y de los fondos de cesantías en Colombia.

  • REGIMEN DE PRIMA MEDIA (COLPENSIONES)

El Régimen de Prima Media con prestación definida ―RPM―  es el mecanismo mediante el cual los afiliados o sus beneficiarios obtienen una pensión de vejez, invalidez o sobrevivientes o, en su defecto, la indemnización sustitutiva, también denominada “devolución de saldos”, según lo establecido en la ley.

•Características del Régimen de Prima Media:

A este régimen serán aplicables las disposiciones vigentes para los seguros de invalidez, vejez y muerte a cargo de Colpensiones con las adiciones, modificaciones y excepciones contenidas en la Ley 100 de 1993 modificada por la Ley 797 de 2003.

  • RÉGIMEN  DE AHORRO INDIVIDUAL O FONDOS PRIVADOS

El régimen de ahorro individual con solidaridad es un régimen del sistema general de pensiones que es gestionado por fondos privados de pensión, en el cual cada persona se financia su propia pensión según la cantidad de recursos que ahorre a lo largo de su vida laboral o de cotizante.

El régimen de ahorro individual está regulado por los artículos 59 y siguientes de la ley 100 de 1993.

En este régimen la pensión se logra cuando el afiliado reúna el suficiente capital para financiar su propia pensión, lo que exige  grandes aportes mensuales, pues de lo contrario será muy difícil acumular suficiente dinero para garantizar una mesada pensional durante unos cuantos años de vida posterior a la pensión.

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